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Ministerio Público de la Defensa

¿Qué es el Ministerio Público de la Defensa?

El Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, en casos individuales y colectivos, de acuerdo a los principios, funciones y previsiones establecidas en la Ley 7321, sancionada en noviembre de 2013 mediante la cual se desdobló el Ministerio Público de la Defensa del Ministerio Público Fiscal. Este acto significó la puesta en marcha de la constitución formal del Ministerio Público de la Defensa de la provincia del Chaco, que brindará la posibilidad de contar con una defensa en juicio real y efectiva y de acceder a la justicia a las personas en condiciones de vulnerabilidad.

Características institucionales

A partir de la reforma constitucional del año 1994, el Ministerio Público de la Defensa se instituye como un órgano independiente del resto de los Poderes del Estado, con autonomía funcional y autarquía financiera (art. 120 Constitución Nacional). El texto constitucional también concibió al Ministerio Público como un órgano bicéfalo, en tanto cuenta con dos estructuras autónomas e independientes entre sí: el Ministerio Público Fiscal, a cargo del/la Procurador/a General de la Nación por un lado y el Ministerio Público de la Defensa, por el otro, cuya máxima autoridad es el/la Defensor/a General de la Nación. Con anterioridad a la reforma, los defensores públicos se encontraban dentro de la estructura del Poder Judicial y dependían funcionalmente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, operando esta circunstancia en desmedro de la garantía de igualdad entre las partes y del derecho a una tutela efectiva de los derechos de los justiciables. El cambio institucional producido representó, entonces, un importante avance para el fortalecimiento de la defensa pública en tanto actor protagónico dentro del sistema de justicia para la firme protección de los derechos de las personas.

Normativa de creación

Como se ha señalado, el artículo 120 de la Constitución Nacional de 1994, instituyó al Ministerio Público como un órgano de jerarquía constitucional, independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera. Luego, en el año 1998 la institución se consolida con motivo de la sanción de la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 24946, mediante la cual se organiza su funcionamiento y estructura y se asignan las atribuciones y los deberes de sus integrantes. Finalmente, con la sanción de la Ley 7321, en noviembre de 2013, la Provincia del Chaco desdobló el Ministerio Público de la Defensa del Ministerio Público Fiscal, y luego de un examen de oposición y antecedentes del Consejo de la Magistratura Provincial, la Dra. Alicia B Alcalá accedió al cargo de Defensora General, para la protección de los derechos humanos y el acceso integral a la justicia de las personas, especialmente de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. Posteriormente, y también a través de un concurso de oposición y antecedentes a cargo del Consejo de la Magistratura de la Provincia, la Dra. Gisela Gauna Wirz accedió al cargo de Defensora General Adjunta, tomando juramento en el cargo el día 16/05/16.

Autoridades

Autoridades

Composición

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

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Asesorías de Niñas, Niños y Adolescentes Penales
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